Por unanimidad, la Cámara de Diputados, aprobó el artículo n.° 342 de la Rendición de Cuentas que posibilita a las cooperativas a acceder a la exoneración del IVA en los materiales de construcción.
Foto: Departamento de Fotografía del Parlamento del Uruguay.
El contexto
La discusión sobre los artículos que sustituyen o modifican el texto original de la Rendición de Cuentas comenzó a las siete de la tarde. Tras un cuarto intermedio, el cansancio en los rostros era evidente y el murmullo, incesante. Para aportar “celeridad” —la palabra más repetida por el presidente de la Cámara de Diputados, Rodrigo Goñi—, el Frente Amplio decidió no fundamentar sus votos.
Así, el debate se volvió un mero trámite. Salvo por las intervenciones de los nacionalistas Pablo Abdala y Fernanda Auersperg, los colorados Conrado Rodríguez, Paula de Armas y Carlos Rydström, el cabildante Álvaro Perrone y el frenteamplista Joaquín Garlo, el resto del cuerpo guardó silencio.
Recién a la una y media de la madrugada, cuando el murmullo dio paso al agotamiento y el presidente de la Cámara pidió a los legisladores que dejaran los celulares para evitar rectificaciones de voto, el artículo 342—que exonera del IVA a los materiales de construcción— fue aprobado por unanimidad. Para ese momento, de las catorce personas que seguían la sesión desde las barras, solo quedaban cuatro.
Los 99 diputados que integran la Cámara también votaron por unanimidad la exoneración prevista en el articulado. Según el presidente de la FUCVAM, Enrique Cal, este logro representa la “vigencia del modelo y la importancia histórica de la lucha de la Federación”.
Las modificaciones del texto
Las modificaciones introducidas al artículo original apuntaron a trazar el mecanismo para aplicar la exoneración del IVA a las cooperativas. “El costo de construcción considerado para la determinación del valor de tasación de la cooperativa y el financiamiento correspondiente no incluirá el monto del impuesto alcanzado por el crédito”, se adicionó al texto inicial para garantizar que el IVA se exonere en las cuotas de devolución del préstamo.
Asimismo, y debido a la falta de recursos —según explicaron fuentes al portal de FUCVAM—, se aclaró que la exoneración del IVA para los proyectos cooperativos comenzará a regir a partir de enero de 2027. El diputado nacionalista y expresidente de Mevir, Juan Pablo Delgado, presentó una moción sustitutiva para incluir a las cooperativas que ya estuvieran en fase de construcción durante 2026 y también expandía la exoneración a los Institutos de Asistencia Técnica, pero la iniciativa fraguó.
Por otra parte, a raíz de las discusiones mantenidas con las federaciones de cooperativismo de vivienda durante la etapa de trabajo en comisión, se excluyó explícitamente a los IATs del beneficio fiscal. En el texto se remarcó: “Se otorgará a las cooperativas de vivienda un crédito por el impuesto incluido en las adquisiciones de bienes y servicios destinadas a los costos directos de construcción que integran las obras del proyecto cooperativo. Solo se admitirá la devolución del impuesto incluido en aquellos bienes y servicios incorporados directamente a la obra civil”.
El Poder Ejecutivo será el encargado de limitar la aplicación de las exoneraciones. Aunque en la norma no se precisa qué ministerio evaluará cada caso, sí se fijaron criterios para asegurar “una razonable proporcionalidad entre dicho crédito, la estructura de costos y el valor de tasación del proyecto cooperativo”.
“El Poder Ejecutivo determinará el procedimiento para el acceso al mencionado crédito, de forma de minimizar el costo financiero asumido por la cooperativa, y podrá fijar límites en el monto del mismo por proyecto cooperativo”, concluye la redacción. De este modo, la instrumentación de este histórico reclamo quedará supeditada a la reglamentación que dictaminará el ministerio correspondiente.



